El Tribunal Constitucional (TC) confirmó este martes la sentencia que ordena la paralización de los trabajos en Loma Miranda por parte de la empresa Falcondo Xstrata Nickel.
La decisión fue confirmada por los jueces de esta alta corte quienes dispusieron “la paralización de los trabajos en Loma Miranda de la empresa Xstrata Nickel, por tratarse de reservas naturales y trabajos que van en detrimento del medio ambiente, que es un derecho fundamental de los más sagrados”.
“Si bien la explotación de los yacimientos mineros puede constituir una importante actividad generadora de riqueza que contribuye con el impulso del desarrollo económico, no es menos cierto que la necesaria protección del medio ambiente entraña tomar en cuenta los efectos devastadores que con frecuencia produce esta actividad”, alegaron los magistrados.
Añaden, además, que cuando los estudios relativos al impacto ambiental de éstos arroja resultados de tan alta negatividad, como expresan los informes expuestos por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y por la Academia de Ciencias de la República Dominicana, es preciso concluir que se ha pretendido la exploración y explotación de yacimientos mineros sin la existencia de un criterio medio ambiental sostenible.
"El TC entiende que el juez de amparo de la Tercera Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, al ordenar la paralización de los trabajos, hizo una correcta interpretación y aplicación del derecho, toda vez que privilegió la tutela del interés que en el caso resultaba supremo: la protección del medio ambiente", indica un comunicado.
Nota: Lea las setencias, íntegras del Tribunal Constitucional en nuestra sección de Documentos (en la parte superior derecho del portal http://z101digital.com/app/ documentos.aspx?id=3000.
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