Talas de Arboles
Ante la tala de árboles de forma irresponsable y sin fundamentos técnicos
que ha realizado la Alcaldía de Santiago en varios sectores de la ciudad, en
especial en el histórico Parque Duarte, la  Fundación Ambiental Acción Verde
expresa su intención de que los responsables reciban las sanciones
administrativas y judiciales que correspondan de acuerdo a la legislación
vigente.

Entendemos urgente y necesario que las instituciones de la ciudad y los
propios ciudadanos, pongamos un freno definitivo a los desatinos en los que
suelen intervenir los gobiernos municipales y el propio estado, al levantar
obras sin tomar en cuenta las normativas ambientales existentes, muchas
veces sin contar siquiera con los más elementales permisos de Ley.

No es ni será nunca justificable que en nombre de un "desarrollo" que no se
sustenta en el consenso ni mucho menos en los planes estratégicos de la
ciudad, cualquier autoridad se sienta en el derecho de disponer a su antojo
de los recursos del pueblo y del patrimonio natural de todos, a cambio de
enarbolar una falsa visión de urbanismo que a la larga se torna insostenible
y opuesta a los criterios de una ciudad verde y amiga del ambiente.

En este caso, la Alcaldía y sus contratistas talaron decenas de árboles, que
si bien es cierto algunos podrían ser sacrificados o sustituidos, otras
especies como la Palma Real, Frijolito y el Flamboyán pudieron recibir otro
tratamiento y haber empleado un criterio más técnico si fuere necesaria la
sustitución de los mismos.

Si este tipo de flagrante delito se queda sin consecuencias, entendemos que
se convertiría en un estímulo a que se repitan en cualquier momento y
cualquier lugar; en tal virtud estamos realizando un peritaje para someter
por ante la autoridad judicial competente a la Alcaldía de Santiago, por
violación a los artículos 169, 174, 175 de la Ley 64-00 de Medio Ambiente y
Recursos Naturales y al amparo de los Artículos 66 y 67 de la Constitución
de la República sobre Derechos colectivos y difusos, que expresan:

"El Estado reconoce los derechos e intereses colectivos y difusos, los
cuales se ejercen en las condiciones y limitaciones establecidas en la ley.
En consecuencia protege:
    1.    La conservación del equilibrio ecológico, de la fauna y la flora;
    2.    La protección del medio ambiente;
    3.    La preservación del patrimonio cultural, histórico, urbanístico,
artístico, arquitectónico y arqueológico.
Artículo 67.- Protección del medio ambiente. Constituyen deberes del Estado
prevenir la contaminación, proteger y mantener el medio ambiente en provecho
de las presentes y futuras generaciones. En consecuencia:
    1.    Toda persona tiene derecho, tanto de modo individual como
colectivo, al uso y goce sostenible de los recursos naturales; a habitar en
un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo y
preservación de las distintas formas de vida, del paisaje y de la
naturaleza.

Exhortamos a todo ciudadano o ciudadana que se sienta afectado por acciones
similares a ejercer sus derechos en las instancias correspondientes, para
que defendemos juntos el patrimonio de todos.




Nelson A. Bautista
Coordinador

accionverde.com